viernes, 10 de junio de 2011

Fallo complaciente a favor de Peña Nieto


Pruebas contundentes en contra, un gasto millonario y un fallo complaciente prueban que esta situación tan polémica, no es más que un juego muy ensayado entre el gobernador Peña Nieto y los medios de comunicación que buscan hacer más poder simpatizando con los personajes políticos de moda en base a tratos extraños, porque claro, esto les dará buenos resultados.

Saúl Alejandro Ramírez

A pesar de elementos que con una visión más estricta hubieran significado la culpabilidad del gobernador Peña Nieto, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), absolvió de toda acusación a este y a su equipo de comunicación social.
Como lo muestra el expediente SUP-RAP-24/2011  del TEPJF, el proceso legal que inició el Partido Acción Nacional (PAN), demandaba que los spots alusivos al quinto informe de gobierno del estado mexiquense eran irregulares en dos aspectos. En primer lugar, se transmitieron en 30 estados de la republica mexicana y el Distrito Federal. Segundo, dos de las 30 entidades celebraban o estaban muy próximas a eventos electorales, el caso de Baja California Sur y Guerrero. Además la publicidad se transmitió de manera personalizada al resaltar la figura de Enrique Peña Nieto.
La realidad y protesta legal era que la publicidad violó el artículo 134 constitucional y el 228 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (Cofipe).
Tras estas acusaciones el TEPJF pidió al bando defensor de el gobernador del Edomex una serie de pruebas de las que se desprendería el fallo oficial del órgano de justicia electoral, de donde destacan las siguientes: indicar el nombre de la persona física o la razón social de los concesionarios con quien se contrato la transmisión, con qué tipo de recursos se cubrió el costo de la transmisión de los dos spots, el motivo por el cual el informe pudo verse fuera del Estado de México y copias de contratos celebrados con las televisoras.
El coordinador de comunicación social mexiquense, David López, fue el encargado de proporcionar las pruebas solicitadas por el tribunal.

Contratos millonarios
Según el expediente SUP-RAP-24/2011  del TEPJF, David López, argumentó haber sido él, el que gestionara los diferentes contratos pactados con Televisa, TV Azteca, Milenio, Telefórmula y una empresa llamada Imagen, Soluciones Integrales, a fin de tratar tiempos, formas y costos en la transmisión del par de spots en cuestión.
De los contratos, el coordinador de comunicación, puso a disposición del tribunal, copias, así como precios y otros documentos anexos. El licenciado dijo haber celebrado contratos con las televisoras mencionadas durante todo el año 2010, contratos en los que venían incluidos estos cuatro pactos de transmisión.
La cantidad que el gobierno de la entidad mexiquense cubrió con dinero del erario público, supuestamente destinado a fines propagandísticos rebaso los 17 millones de pesos, según pruebas presentadas por el departamento de comunicación social de dicha entidad, desmenuzado de esta manera: 12 millones 558 mil 163 pesos a Televisa por 43 impactos, es decir, número de repeticiones en pantalla; 3 millones 391 mil 612 pesos a Tv Azteca por 12 impactos, 587 mil 424 pesos a Milenio por 24 impactos, 469 mil 800 pesos a Telefórmula por 54 impactos y 446 mil 600 pesos a Imagen, Soluciones Integrales por 55 impactos.
Fuera de las cantidades que parecen ser altas tomando en cuenta que teóricamente no son parte de una campaña política y que fueron pagadas con dinero del Estado de México. Los contratos muestran un punto débil, además de que parecen mostrar el juego y negocio que sostienen los consorcios con más poder en México y Enrique Peña Nieto.
Los documentos presentados por los propios demandados nos dan la clave del proceso legal, punto que genera confusión, sin embargo, no deja duda de la culpabilidad de los acusados.
En dos documentos que llevan el título de “Elementos básicos de la contratación”, presentados al tribunal y hechos con televisa y Tv Azteca, donde se establecen condiciones para la transmisión, hay un rubro llamado “Lugar de prestación del servicio”  que se llenó con la leyenda “En todo el Estado de México”, frase que es por demás ambigua, al poder inferirse que transmitir los spots en todo el Estado de México y además en otras 30 entidades –como fue hecho- es correcto, es decir, el llenar el documento con la frase “Solamente en el Estado de México” no dejaría lugar a más interpretaciones.
Por otro lado, en el mismo expediente fueron adjuntados otros dos documentos con el sello de los dos monopolios y el del Estado de México llamados “Informe de transmisión”, que señalan horario y durante que programación –De Televisa y Tv Azteca-  fueron proyectados los videos publicitarios.
En ambos informes se encuentran irregularidades, la transmisión de los spots, según estos documentos se hizo en programas de cobertura nacional. Por parte de Televisa, en programas como Primero noticias, El mañanero, Hoy, Noticiero con lolita Ayala, Atínale al precio, Teresa, Noticiero con Joaquín López Doriga y Punto de partida. En Tv Azteca los spots se transmitieron en la hora de publicidad de los programas Hechos am, Hechos meridiano, Ventaneando, Cada quien su santo, entre otros.



Elementos Básicos de la Contratación

Elementos Básicos de la Contratación.








Informe de Transmisión de Televisa.

Informe de Transmisión de Tv Azteca.




Impactos
Baja California Sur y Guerrero no estuvieron exentos de los impactos del popular personaje politico, a pesar de su situación electoral, pues en ambas entidades se elegiría al futuro gobernador.
Según números arrojados por el Sistema Integral de Verificación y Monitoreo, órgano que tiene total respaldo del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, los dos estados con atractivos turísticos fueron altamente impactados por el quinto informe de gobierno de Enrique Peña Nieto.
El número de impactos recibidos en ambas entidades fue de 234 repeticiones del spot, en el periodo que comprende del 30 de agosto al 10 de septiembre del año 2010, es decir, durante 12 días. 67 de los 234 impactos en Baja California Sur y 167 en Guerrero.
A todo esto el Lic. David López, declaró “La Coordinación a mi cargo desconoce si los promocionales fueron difundidos en las referidas entidades federativas. En su caso, la difusión respondería a cuestiones de orden técnico.”
Sin embargo, la conclusión lógica a esto no sería dicho problema técnico, pues cuesta creer que por un error tan grave, por parte de estas grandes empresas sea la razón por la que los spots fueron vistos en dichas entidades.
Numero de impactos por entidad, según Sistema Integral de Verificación y Monitoreo.

Leyes corrompidas
La parte demandante, es decir, el Partido Acción Nacional, alegó que el gobernador mexiquense, quebranto el artículo 134 constitucional en su párrafo octavo, que establece que los servidores públicos tienen la obligación de utilizar con responsabilidad e imparcialidad los recursos públicos “sin influir en la equidad de la competencia entre los partidos políticos.”
Lo anterior en relación al impacto que tuvieron los spots en Baja California Sur y Guerrero. Donde después de las votaciones, en Guerrero salió victorioso el candidato del Partido de la Revolución Democrática (PRD), y en el caso del estado de la península de Baja California el vencedor fue el panista Marcos Alberto Covarrubias.
Por otro lado, la demanda también señaló la violación del artículo 228 párrafo quinto del Cofipe que habla de la extensión territorial que debe comprender la transmisión de un spot alusivo al informe anual de labores de un servidor público, señala:El informe anual de labores o gestión de los servidores públicos, así como los mensajes que para darlos a conocer se difundan en los medios de comunicación social, no serán considerados como propaganda, siempre que la difusión se limite a una vez al año en estaciones y canales con cobertura regional correspondiente al ámbito geográfico de responsabilidad del servidor público…”
El Tribunal Electoral, verificó a través del Sistema Integral de Verificación y Monitoreo, que efectivamente los spots rebasaron sus límites y  además en más de 200 ocasiones.

Veredicto
A pesar del las pruebas que fueron entregadas por los propios acusados, y que reafirman las acusaciones del PAN y después de apelaciones por parte del gobernador Peña Nieto, el fallo del Tribunal fue a favor del equipo mexiquense y la responsabilidad cayó solamente sobre las televisoras que transmitieron el material.
La votación por parte de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación fue dividida, los cuatro magistrados comandados por María del Carmen Alanís, quien según el presidente nacional del PAN, Gustavo Madero, tiene una estrecha relación con Enrique Peña Nieto, defendieron la postura del gobernador. Los otros tres magistrados que se manifestaron en contra del fallo, José Alejandro Luna, Salvador Olimpo Nava y Pedro Esteban Penagos, declararon que existen pruebas suficientes para responsabilizar por la violación de los artículos 134 constitucional y 228 del Cofipe, al futuro posible candidato presidencial.

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